Normas de pesca continental en Cataluña: tallas, cupos y vedas

Equipo albur · · Datos oficiales consultados el 29/10/2026

Respuesta directa: en los ríos y embalses de Cataluña, las aguas de ciprínidos se pescan todo el año. La trucha común tiene periodo hábil y solo se puede sacrificar en las zonas de pesca controlada con muerte, con un máximo de 3 ejemplares por pescador y día y una talla mínima de 22 cm. El resto de especies autóctonas pescables se pescan sin muerte. La anguila está prohibida y las especies exóticas invasoras que se capturan deben sacrificarse. Fuente: Resolución ARP/902/2026, de 25 de marzo, DOGC núm. 9635, 30/03/2026, con la corrección de errores del DOGC núm. 9645, 15/04/2026.

Aviso: consulta la orden de vedas vigente; puede haber normas específicas del tramo. Cada zona de pesca controlada tiene su plan técnico de gestión, que puede ser más restrictivo.

Periodos hábiles (apartado 1.1)

Tipo de agua Con muerte Sin muerte
Salmónidos de baja montaña Del tercer sábado de marzo al último domingo de agosto Del tercer sábado de marzo al segundo lunes de octubre
Salmónidos de alta montaña Del segundo sábado de mayo al último domingo de agosto Del segundo sábado de mayo al segundo lunes de octubre
Zonas intensivas en baja montaña Del tercer sábado de marzo al último domingo de agosto Todo el año
Aguas de ciprínidos (resto de especies) Todo el año Todo el año

Las zonas intensivas de alta montaña (NP-02 y NR-13) tienen fechas propias: revísalas en la resolución.

Horario: desde una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de la puesta. En la zona de pesca controlada del embalse de Riba-roja y Flix (EB-01) se puede pescar las 24 horas (apartado 1.2).

Tallas y cupos (apartado 3)

Especie Talla mínima Cupo por pescador y día Veda
Trucha común (ZPC de salmónidos con muerte) 22 cm 3 (2 en reservas genéticas de trucha) Según el periodo hábil
Lubina 40 cm 3 Del 15 de enero al 15 de febrero
Mújoles o lisas (todas) 35 cm Dentro del total de 5 kg Las de aguas marítimas
Dorada 30 cm 7 Las de aguas marítimas
Palometa (Trachinotus ovatus) Sin talla en la resolución 4 Las de aguas marítimas
Lícula (Lichia amia) 80 cm 1 Del 1 de abril al 30 de junio
Anjova (Pomatomus saltatrix) 40 cm 2 Las de aguas marítimas

Las especies eurihalinas (lubina, mújoles, dorada, platija, palometa, lìcula y anjova) solo se pueden sacrificar en el primer tramo de la zona EB-01, desde el puente de la C-42 en Tortosa hasta la desembocadura del Ebro, con un máximo conjunto de 5 kg por pescador y día entre aguas marítimas y continentales. Fuera de ese tramo, sin muerte. Cuando alcances el cupo, tienes que dejar de pescar en la zona (apartado 3.3).

Especies pescables, prohibidas e invasoras

  • Pescables (apartado 2.2): trucha común, bagra (Squalius laietanus y S. cephalus), barbo de Graells y las especies eurihalinas de la tabla.
  • Prohibidas (apartado 2.3): anguila, aguja de río (Syngnathus abaster), Pomatoschistus microps, pejerrey (Atherina boyeri), barbo de montaña (Barbus meridionalis) y barbo colirrojo (Barbus haasi). Si sale una, devuélvela al agua enseguida en el mismo punto.
  • Exóticas invasoras con aprovechamiento (apartados 4.3 y 4.4): carpa, trucha arcoíris, black bass, salvelino, siluro y lucioperca. Solo se pueden pescar dentro de las áreas del anexo VI, y todo ejemplar se sacrifica: no se puede devolver al agua ni guardar vivo en rejón.
  • Otras invasoras, como el lucio, no se pueden pescar de forma intencionada (apartado 4.5). El cangrejo rojo solo se puede capturar en programas de control autorizados (apartado 4.9), y el cangrejo azul no se puede pescar con caña (apartado 4.8).

Anzuelos y cebos (apartados 5 y 6)

  • En zonas sin muerte de ciprínidos: anzuelo simple sin arponcillo (o aplastado) con cebo natural, y simple o triple sin arponcillo con señuelo. Con cebo natural, como máximo dos anzuelos por línea.
  • Prohibido como cebo: peces vivos o muertos, crustáceos, moluscos y sus restos, e insectos que no sean de la fauna local. En aguas de salmónidos también el asticot, la larva de la polilla de la cera y las masillas.
  • Cebado: prohibido con carácter general (solo se permite en competiciones autorizadas y sus entrenamientos).
  • Curricán: solo en embalses de ciprínidos y en el primer tramo de la EB-01, con un máximo de dos cañas por embarcación.

Antes de ir

  1. Licencia de pesca de Cataluña en vigor y, en zona controlada, el permiso de la zona.
  2. Comprueba si el tramo es de salmónidos o de ciprínidos y si tiene normas propias.
  3. Mira la ficha del sitio en albur, por ejemplo el embalse de Vallforners o el Llobregat en Castellbell i el Vilar.

Preguntas frecuentes

¿Se puede pescar todo el año en Cataluña? En aguas de ciprínidos, sí. En aguas de salmónidos hay periodo hábil (apartado 1.1).

¿Cuántas truchas me puedo llevar en Cataluña? Hasta 3 por día, de al menos 22 cm, y solo en zonas de pesca controlada de salmónidos con muerte (2 en reservas genéticas de trucha).

¿Puedo devolver al agua una carpa o un black bass en Cataluña? No. Son especies exóticas invasoras y todo ejemplar capturado debe sacrificarse (apartado 4.2).

¿Se puede pescar de noche? Con carácter general, no: el horario va de una hora antes del amanecer a una hora después del ocaso. La excepción es la zona EB-01 de Riba-roja y Flix.

Resumen de la Resolución ARP/902/2026. No sustituye al texto oficial; si hay discrepancia, prevalece el DOGC.

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