Espigón · Pontevedra
Peirao da Congorza
Galicia
Especies
Especies probables Estimado
- Lubina Estimado
- Sargo Estimado
- Dorada Estimado
- Mújol (lisa) Estimado
Estimado por el tipo de agua y la zona, sin fuente directa. Confírmalo en la orden de vedas.
Técnicas orientativo
Ubicación
Ancho del recuadro: unos 2,5 km
Coordenadas del pin
42.248286, -8.790387
Temporada y normativa general
Licencia en este sitio
Para pescar en el mar necesitas la licencia de pesca marítima de recreo de la comunidad autónoma y registrarte y declarar capturas en PescaREC (Real Decreto 214/2026).
fuente oficialCupos, tallas y vedas en este sitio
- Lubina: talla mínima 42 cm en pesca marítima de recreo en aguas exteriores (caladero Cantábrico y noroeste, RD 347/2011, art. 4 bis). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
- Dorada: talla mínima 19 cm en aguas exteriores (caladero Cantábrico y noroeste, RD 560/1995, anexo I). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
- Mújol (lisa): talla mínima 20 cm en aguas exteriores (caladero Cantábrico y noroeste, RD 560/1995, anexo I). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
- Pesca marítima de recreo en aguas exteriores: máximo 5 kg de capturas por licencia y día, sin contar el peso de una de las piezas (Orden de 26 de febrero de 1999, vigente según la disposición transitoria del RD 347/2011). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
- En aguas interiores de Galicia (rías, puertos y bahías): máximo 5 kg por licencia y día, sin contar una pieza que supere ese peso; pulpo, 2 piezas por persona y día. Desde embarcación de la 7.ª lista, 5 kg por licencia y un máximo de 16 kg por embarcación y día si hay más de 3 personas con licencia a bordo. Túnidos, pez espada y afines: 25 kg por licencia y 50 kg por embarcación y día (Decreto 211/1999, art. 10; Orden de 17 de septiembre de 2009, art. 12).
Licencia necesaria
Licencia de pesca recreativa válida en Galicia (o la interautonómica, donde se acepte) y documento de identidad.
Licencia recreativa de pesca continental (sede de la Xunta, MT806A)Cupos, tallas y vedas generales
Los fija la norma general de pesca de Galicia: Orden de 11 de diciembre de 2025, normas de pesca continental para la temporada 2026 (DOG n.º 246)
Consulta la orden de vedas vigente antes de pescar. Cupos, tallas mínimas y vedas pueden cambiar cada temporada.
Agua y acceso
Tipo de agua
Mar, desde espigón
Aparcamiento
Rampa de botadura a 156 m en línea recta: Aparcamiento en Google Maps
fuente: OpenStreetMapPermisos
Puntos de pesca
Aún no hay puestos marcados
Pronto marcaremos los puntos concretos de este sitio.
Reseñas
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Capturas
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Normativa
Rige la normativa general de pesca de Galicia.
Fuente: boletín oficial
Consulta siempre el boletín oficial antes de pescar.
Datos: © OpenStreetMap contributors, ODbL · origen del dato · Fuentes y licencias