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Playa · Illes Balears

Cala de s'Escar

Islas Baleares

TipoPlaya
RégimenOrdenanza municipal
NecesitasLicencia de pesca
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☀ El tiempo esta semana

Especies

Especies
fuente oficial
Especies probables Estimado

Estimado por el tipo de agua y la zona, sin fuente directa. Confírmalo en la orden de vedas.

Técnicas orientativo
  • Surfcasting
  • Spinning
  • Rockfishing
  • Corcheo
  • Ledgering
  • Cebo natural

Ubicación

Ancho del recuadro: unos 2,5 km

Coordenadas del pin
39.762722, 3.164683
Distancia
A unos 199 km en línea recta de Barcelona
Abrir en OpenStreetMap

Temporada y normativa general

Licencia en este sitio
Para pescar en el mar necesitas la licencia de pesca marítima de recreo de la comunidad autónoma y registrarte y declarar capturas en PescaREC (Real Decreto 214/2026).
fuente oficial
Cupos, tallas y vedas en este sitio
  • Lubina: talla mínima 25 cm (caladero Mediterráneo, Reglamento (UE) 2019/1241, anexo IX). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
  • Sargo: talla mínima 23 cm (sargo común, Diplodus sargus) (caladero Mediterráneo, Reglamento (UE) 2019/1241, anexo IX). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
  • Dorada: talla mínima 20 cm (caladero Mediterráneo, Reglamento (UE) 2019/1241, anexo IX). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
  • Mújol (lisa): talla mínima 16 cm en aguas exteriores (caladero Mediterráneo, RD 560/1995, anexo II). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
  • Pesca marítima de recreo en aguas exteriores: máximo 5 kg de capturas por licencia y día, sin contar el peso de una de las piezas (Orden de 26 de febrero de 1999, vigente según la disposición transitoria del RD 347/2011). En aguas interiores (puertos, rías, bahías) se aplica además la norma autonómica, que puede ser más estricta.
  • En aguas interiores de Baleares: máximo 5 kg por licencia y día, más una pieza. En las reservas marinas la talla mínima de la lubina es 43 cm (Decreto 34/2014 y tabla oficial de tallas del Govern, 2025).
fuente oficial
Licencia necesaria
Licencia de pesca recreativa válida en Illes Balears (o la interautonómica, donde se acepte) y documento de identidad.
Cuaderno de pesca recreativa (Govern de les Illes Balears)
Cupos, tallas y vedas generales
Los fija la norma general de pesca de Illes Balears: Ley 6/2006, de 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial (BOE)

Consulta la orden de vedas vigente antes de pescar. Cupos, tallas mínimas y vedas pueden cambiar cada temporada.

Agua y acceso

Tipo de agua
Mar, desde la playa
Aparcamiento
Rampa de botadura a 348 m en línea recta: Aparcamiento en Google Maps
fuente: OpenStreetMap

Permisos

Ordenanza municipal: en las playas el ayuntamiento puede limitar la pesca en temporada de baño (horarios y zonas). Consúltala antes de ir.

Puntos de pesca

Aún no hay puestos marcados

Pronto marcaremos los puntos concretos de este sitio.

Reseñas

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Capturas

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Normativa

Rige la normativa general de pesca de Islas Baleares.

Fuente: boletín oficial

Consulta siempre el boletín oficial antes de pescar.

Datos: © OpenStreetMap contributors, ODbL · origen del dato · Fuentes y licencias

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